Gestión Ambiental
Gestión Ambiental
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Objetivos Ambientales
La UMH debe ser un lugar cada vez más sostenible, en el que se trabaja activamente por respetar el Medio Ambiente, lo cual queda reflejado en su Política Ambiental.
Entre las medidas a tomar, una es conseguir que las unidades que formamos la UMH ayudemos en la tarea de cuidar nuestro entorno, realizando nuestra actividad cotidiana de la manera más sostenible posible. Por ello, se introduce dentro de la Dirección por Objetivos de Calidad el cumplimiento del “Programa de Objetivos Ambientales”.
Cada Servicio o Unidad con Objetivos Ambientales, deberá contar con una persona denominada "Coordinador/a Medioambiental", quien se encargará de recopilar la información necesaria para el cumplimiento de los Objetivos.
Huella de Carbono
La Huella de Carbono es un inventario de gases de efecto invernadero (GEI) que incluye las emisiones directas, asociadas a las actividades controladas por la organización y la combustión de calderas, así como emisiones indirectas asociadas a la generación de electricidad y energía térmica. Los GEI incluyen los gases recogidos en el Protocolo de Kioto: dióxido de carbono (CO2), metano (CH4), óxido de nitrógeno (N2O), hidrofluorocarburos (HFC), perfluorocarburos (PFC) y hexafluoruro de azufre (SF6).
Indicadores Ambientales
La UMH dispone de un sistema de indicadores ambientales que le permite determinar su desempeño medioambiental.
Estos indicadores sirven a su vez para la toma de decisiones, el envío a Rankings y sistemas de evaluación, tanto nacionales como internacionales, para la Memoria de Responsabilidad Social, así como para otros planes de la UMH como el Plan de Calidad.
Contratación Pública Verde
Según la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, los órganos de contratación tomarán las medidas pertinentes para garantizar que en la ejecución de los contratos los contratistas cumplen las obligaciones aplicables en materia medioambiental (...) establecidas en el derecho de la Unión Europea, el derecho nacional, los convenios colectivos o por las disposiciones de derecho internacional medioambiental, social y laboral que vinculen al Estado y en particular las establecidas en el anexo V, entre los que podemos encontrar convenios sobre protección de la capa de ozono, eliminación y el transporte transfronterizo de residuos peligrosos, contaminantes orgánicos persistentes, plaguicidas y productos químicos peligrosos, etc.
En su artículo 202 sobre condiciones especiales de ejecución del contrato de carácter medioambiental se indica que será obligatorio el establecimiento en el pliego de cláusulas administrativas particulares de al menos una de las condiciones especiales de ejecución de, entre otras, de tipo medioambiental, que persigan:
- la reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero, contribuyéndose así a dar cumplimiento al objetivo que establece el artículo 88 de la Ley 2/2011, de 4 de marzo, de Economía Sostenible;
- el mantenimiento o mejora de los valores medioambientales que puedan verse afectados por la ejecución del contrato;
- una gestión más sostenible del agua;
- el fomento del uso de las energías renovables;
- la promoción del reciclado de productos y el uso de envases reutilizables;
- el impulso de la entrega de productos a granel y la producción ecológica.
La Unión Europea publica periódicamente documentos con ejemplos de criterios, entre los que podemos destacar:
- Productos y servicios de limpieza
- Computadoras, monitores, tabletas y teléfonos inteligentes
- Papel para fotocopias y gráficos
- Centros de datos, salas de servidores y servicios en la nube
- Equipos eléctricos y electrónicos utilizados en el sector sanitario
- Electricidad
- Servicios de catering y máquinas expendedoras
- Muebles
- Equipos de imágenes, consumibles y servicios de impresión
- Diseño, Construcción y Gestión de Edificios de Oficinas
- Pinturas, barnices y marcas viales
- Mantenimiento del espacio público
- Diseño, Construcción y Mantenimiento de Carreteras
- Alumbrado y señales de tráfico
- Transporte por carretera
- Grifería sanitaria
- Textiles
- Inodoros y Urinarios
- Infraestructura de aguas residuales
- Calentadores a base de agua
Investigación Ambientalmente Responsable
Investigación ambientalmente responsable
La actividad investigadora a menudo constituye un riesgo medioambiental que la persona Investigadora Principal debe conocer y gestionar adecuadamente. En estos supuestos puede existir un riesgo medioambiental significativo:
- Por generación de residuos con riesgo de infección o contaminación biológica
- Por uso de especies con riesgo de cambio o amenaza para la diversidad biológica (especies exóticas invasoras, organismos modificados genéticamente, etc.)
- Por generación de cadáveres de animales de experimentación
- Por uso de cadáveres o restos humanos de disección
- Por generación de residuos carcinogénicos o mutagénicos
- Por generación de otros residuos químicos peligrosos (tóxico, comburente, inflamable, explosivo, peligro por aspiración, peligroso para el medio acuático o para la capa de ozono, etc.)
- Por la generación de residuos de aparatos eléctricos o electrónicos
En este sentido y otros sobre la Investigación Responsable, surge el Órgano Evaluador de Proyectos (OEP) como un órgano de carácter consultivo y asesor al que corresponde:
- a) Evaluar los problemas éticos que se planteen en el desarrollo de los proyectos de investigación que se lleven a cabo.
- b) Evaluar, asesorar y minimizar los riesgos inherentes a los proyectos de investigación para los seres humanos, los animales o el medio ambiente.
- c) Velar por la observancia y cumplimiento de los preceptos que se incluyen en el Código de Buenas Prácticas Científicas (CBPC).
- d) Actuar como órgano de arbitraje ante las incertidumbres o conflictos que puedan presentarse en relación con la integridad de la investigación -en este sentido, las decisiones son vinculantes para toda persona que someta sus conflictos al OEP.
- e) Informar y sensibilizar a la comunidad científica de la UMH en relación con los acontecimientos, necesidades y orientaciones relativas a los aspectos éticos y deontológicos de la investigación biomédica.
- f) Permanecer atento y receptivo hacia los nuevos problemas relacionados con la integridad de la investigación así como actualizar los contenidos del CBPC.
Serán objeto de evaluación de seguridad todos los proyectos de investigación que se lleven a cabo en la UMH, destacando los proyectos en los que se utilicen organismos modificados genéticamente (microorganismos, plantas o animales) así como agentes biológicos patógenos, teniendo en cuenta en todo esto el riesgo y/o el efecto que estas investigaciones puedan suponer sobre la vida y el medio ambiente.
Guía de Prácticas Ambientalmente Sostenibles en Laboratorios
La Universidad Miguel Hernández (UMH) de Elche ha participado, junto a instituciones europeas de 14 países, en la elaboración de una Guía de Prácticas Ambientalmente Sostenibles en Laboratorios. Esta iniciativa se enmarca dentro del proyecto ECVET-Lab de Erasmus +: “Implementación y Validación de Formación No-formal para trabajadores de Laboratorios de Control Ambiental”, financiado con el apoyo de la Comisión Europea.
Estas buenas prácticas pueden ser aplicadas en otros laboratorios, tal y como se explican en la Guía, o bien adaptadas a las necesidades de los laboratorios y técnicos. Mediante esta Guía, los técnicos de laboratorios se beneficiarán a través de la mejora de su conocimiento y la promoción de un cambio de comportamiento en relación a temas ambientales. En la Guía se incluyen 42 buenas prácticas de gestión ambiental en laboratorios, elegidas de entre un grupo seleccionado de laboratorios europeos, entre los que se encuentra la UMH.
Las buenas prácticas han sido organizadas según los diferentes aspectos ambientales que los técnicos de laboratorio deben gestionar en sus lugares de trabajo. Asimismo, en cada práctica se ha indicado su marco de aplicación (laboratorio/universidad/centros de formación profesional, etc.), y se han considerado dos niveles de prácticas ambientales. Por un lado, se encuentran las “Buenas prácticas”, relacionadas con el mínimo/básico nivel de cumplimiento, que proporcionan el resultado operativo deseado y, por otro, “Mejores prácticas”, que son aquellas que aportan valor añadido por encima de las expectativas con un nivel de cumplimiento óptimo.
Consulta la Guía de Prácticas Ambientalmente Sostenibles en Laboratorios8.75 MB